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Técnico/a superior en documentación sanitaria en Galicia

Servicio Gallego de Salud / Galicia / 23/10/12


Resolución de 21 de septiembre de 2012, de la Dirección de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, por la que se abre el plazo para la inscripción de aspirantes de diversas categorías sanitarias para vinculaciones temporales en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud y entidades adscritas a la Consellería de Sanidad.

Plazo: Para la primera generación de listas, se podrán formalizar las solicitudes desde el día 1 de octubre al 31 de octubre de 2012. Los méritos computables serán los causados hasta el 16 de octubre de 2012 y acreditados dentro de las fechas anteriormente citadas.


Requisitos

Requisitos comunes:

a) Nacionalidad. a.1) Tener la nacionalidad española. a.2) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado en el que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as. a.3) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los/as españoles/as y de los/as nacionales de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea y de los/as nacionales de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, siempre que no estén separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los/as de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Edad: haber cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

c) Capacidad funcional: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que deriven del/de los correspondiente/s nombramiento/s, que se acreditará conforme al procedimiento que al efecto se establezca.

d) Habilitación: no haber sido separado/a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores, ni estar inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

e) Titulación: poseer la titulación o titulaciones previstas en las resoluciones de la Secretaría General del Servicio Gallego de Salud de 11 de diciembre de 2008 (DOG de 22 de diciembre de 2008) y de 18 de febrero de 2009 (DOG de 26 de febrero de 2009) por las que se convoca concurso oposición para diversas categorías de personal estatutario, que habilita para el ejercicio de la profesión correspondiente o estar en condiciones de obtenerla antes de la fecha prevista en el punto 2.1. En todo caso, las titulaciones requeridas están recogidas en el anexo V.

f) Abono de las tasas por derecho de primera inscripción que, en su caso, correspondan, según lo dispuesto en la base décimo segunda.

Los requisitos deben reunirse durante todo el período de permanencia en la lista correspondiente.



Sobre Servicio Gallego de Salud

El Servicio Gallego de Salud integra todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Administración autonómica gallega, sobre los que ejerce el gobierno, la dirección y la gestión, con el fin de garantizar la asistencia sanitaria pública. Es un organismo autónomo de carácter administrativo dirigido y tutelado por la Consellería de Sanidad.

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