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Becas de investigación para la Biblioteca Digital memoriademadrid 2021 en Madrid

Ayuntamiento de Madrid / Madrid / 10/03/21


Convocatoria de dos becas de investigación en la colección de la Biblioteca Digital memoriademadrid para el año 2021 con la finalidad contribuir a la formación de profesionales mediante el apoyo y tutelaje en la elaboración de un proyecto de investigación en materia de difusión de las colecciones que actualmente forman parte del fondo de Biblioteca Digital memoriademadrid.

Los proyectos podrán referirse bien a un tipo concreto de colección, o bien a una selección documental sobre un tema o momento concreto de la historia de la ciudad de Madrid, entre los disponibles a través del catálogo de la biblioteca en la web: www.memoriademadrid.es

¿A quién va dirigido?: Personas físicas de nacionalidad española o cualquier otra siempre que acrediten documentalmente un nivel B2 en lengua española y posean la titulación requerida en esta convocatoria.

Plazo: 09/03/2021 - 29/03/2021

Bases completas de la convocatoria: https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.b4c91589e7f6a5d829da39e5a8a409a0/?vgnextoid=...


Requisitos

1.-Para poder participar en esta convocatoria los/las solicitantes habrán de reunir los siguientes requisitos:

  • Ostentar la nacionalidad española o, en caso contrario, si el solicitante procede de un país en el que el español no es lengua madre, acreditar documentalmente un nivel B2 en lengua española.

  • Poseer titulación universitaria de grado superior, expedida por universidades españolas u homologada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en Humanidades (Geografía e Historia, Filología, Filosofía, Historia del Arte, Arqueología…), Biblioteconomía y Documentación, Ciencias Sociales y de la Información (Políticas, Sociología o Periodismo) o Pedagogía.

  • Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título requerido en los cinco cursos académicos anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

2.-Los/las solicitantes no podrán encontrarse incursas en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 15 de las Ordenanzas de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Pleno de 30 de octubre de 2013.

Tampoco podrán tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.