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Becas de formación en materia de archivos en Galicia

Xunta de Galicia / Galicia / 17/01/26


BECAS DE FORMACIÓN EN MATERIA DE ARCHIVOS. PROGRAMA 2026-2027 (CÓDIGO DE PROCEDEMENTO CT110A)

Las becas irán destinadas a actividades de formación relacionadas con los procesos técnicos que se realizan en el ámbito de los archivos y sus fondos documentales.

El personal becario realizará su actividad en los archivos del Sistema de Archivos de Galicia que cuenten con personal técnico archivero. Serán tutelados por el personal técnico de los centros receptores, sin perjuicio de la coordinación y seguimiento realizados por la consellería competente en materia de cultura.

El número de plazas convocadas será de dieciocho (18), que se adjudicarán de acuerdo con el baremo indicado en el artículo 11 de esta convocatoria.

Las becas tendrán una duración máxima de 12 meses, contados a partir de la fecha de incorporación que establezca la Dirección General competente en materia de cultura de acuerdo con el centro de destino. Darán comienzo dentro del plazo que se establezca en la resolución, no antes de 1 de julio de 2026.

Plazo de presentación de solicitudes: del 13 de enero al 12 de febrero de 2026.

Bases reguladoras y convocatoria: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260112/AnuncioG0766-191225-0002_es.pdf


Requisitos

Podrán ser beneficiarias de estas becas las personas solicitantes que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener grado universitario o equivalente, según el Espacio Europeo de Educación Superior, con una configuración curricular (expediente académico) en la que se acredite un mínimo de 75 créditos en las materias de historia, archivística y/o gestión documental.

  2. Acreditar conocimiento de la lengua gallega, nivel perfeccionamiento, mediante certificado oficial o Celga 4.

  3. No disfrutar, con anterioridad a la publicación de esta convocatoria de becas, de un período de tiempo igual o superior a 6 meses de estas mismas becas, ni renunciar a ellas sin una causa de fuerza mayor, a juicio de la dirección general competente en materia de cultura, una vez adjudicada la beca.

  4. No tener empleo remunerado ni disfrutar de otra beca o ayuda durante el período de duración de las reguladas por medio de esta orden.

  5. No haber sido sancionado por infracción cometida por razón de becas concedidas para la organización y descripción de archivos de interés gallego.