Becas de formación archivística, documental y bibliotecaria 2027
Acuerdo de 29 de septiembre de 2026, de la Mesa del Senado, por el que se convocan becas de formación archivística, documental y bibliotecaria, relacionada con la actividad oficial del Senado, para el año 2027.
Se convocan diez becas de formación archivística, documental y bibliotecaria, dirigidas a jóvenes con titulación universitaria que deseen especializarse en estos campos.
Las becas se otorgan con una duración de un año (desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2027) y consistirán en doce pagos por meses vencidos de mil trescientos (1.300,00) euros brutos, a los que se aplicarán las retenciones legales vigentes en cada momento.
El plazo para presentar las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará a las 24:00 horas del día 29 de octubre de 2026.
Boletín Oficial del Estado de 7 de octubre de 2026: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20883
Enlace para la inscripción a las becas del año 2027: https://www.senado.es/web/relacionesciudadanos/trabajarformarsesenado/inscripcion/index.html?cama...
Requisitos
Pueden optar a la concesión de estas becas quienes tengan la nacionalidad española y de otros países miembros de la Unión Europea y reúnan las condiciones siguientes:
Estar en posesión de un título superior universitario de Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación o de Grado en Información y Documentación. Asimismo, podrán optar a la concesión de una beca quienes estén en posesión de cualquier título de máster universitario y acrediten haber cursado estudios en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales durante al menos 200 horas lectivas, o bien que sean equivalentes al menos a 8 créditos ECTS.
Haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1999.
No haber disfrutado en años anteriores de la misma beca del Senado, excepto las personas que hubieran accedido a la misma dentro del último cuatrimestre del año 2026.
Reunir las condiciones psicofísicas requeridas para el desempeño efectivo de las tareas correspondientes.
No estar incursas en ninguna de las prohibiciones que impidan obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones, según lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No haber renunciado a una beca en el Senado con la misma finalidad, una vez adjudicada.