Resolución de 22 de marzo de 2012, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional por el que se convoca beca de formación en biblioteconomía y documentación relacionada con los fondos bibliográficos del Tribunal Constitucional.
En el ámbito de las actividades bibliográficas y de documentación, el Tribunal Constitucional convoca el presente concurso con el fin de adjudicar una beca para la realización de actividades de formación teórico-práctica relacionadas con su biblioteca, de acuerdo con las bases que figuran a continuación:
La dotación de cada beca será de 1.200 euros brutos mensuales. Los importes de las becas se abonarán al término de cada mes. El Tribunal Constitucional asegurará la cobertura del riesgo de accidentes y de enfermedad para el becario por el tiempo de duración de la beca, en el supuesto de que no tuviesen cubiertas estas contingencias, en los términos previstos por la legislación vigente.
El plazo de presentación de las instancias será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».
a) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos: Licenciado o graduado en Biblioteconomía y Documentación. b) No haber transcurrido más de cinco años desde la fecha de finalización de los estudios para obtener el título universitario a que se refiere el apartado anterior. c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público.
a) Expediente académico del interesado. b) Formación específica en materia de biblioteconomía y de gestión documental, adicional a la requerida para la obtención del grado; así como, en su caso, formación en materias jurídicas. c) Experiencia en tareas bibliotecarias y de gestión documental, desarrollada en instituciones o entidades mediante relación contractual o de colaboración, con la excepción de prácticas curriculares conducentes a la obtención de un título académico oficial. d) Conocimientos de informática: aplicaciones de sistemas de bases de datos relacionales y documentales. Aplicaciones ofimáticas. Digitalización y tratamiento de imágenes. e) Idiomas alemán, inglés o francés.
El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución. Único en su orden y con jurisdicción en todo el territorio nacional, ejerce las competencias definidas en el artículo 161 de la Constitución. El Tribunal Constitucional es independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica.
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